Gobierno Corporativo — D&O
Seguro D&O para Directores y Administradores de Empresas en Colombia
Protege el patrimonio personal de tus directores, representantes legales y miembros de junta directiva frente a reclamaciones por las decisiones que toman en ejercicio de su cargo. La Ley 222 de 1995 los hace responsables solidaria e ilimitadamente. Cotizamos sin costo para ti.
Mauricio Ruiz Daza
Agente Independiente de Seguros · cerca de 30 años de experiencia ·
Quien ocupa un cargo de dirección o administración en una empresa colombiana —representante legal, miembro de junta directiva, gerente, liquidador— responde con su propio patrimonio por los perjuicios que cause a la sociedad, a los socios o a terceros en ejercicio de su cargo. Esta responsabilidad es personal: no la asume la empresa por él. El seguro de Directores y Administradores (D&O, por sus siglas en inglés) traslada a una aseguradora el costo de defender y, cuando hay lugar, indemnizar estas reclamaciones. En Ruiz Daza Seguros cotizamos y comparamos tu póliza entre varias aseguradoras, sin costo para ti.
¿Qué es el seguro D&O?
Es la póliza que ampara el patrimonio personal de los directores, representantes legales y administradores de una empresa frente a las reclamaciones derivadas de decisiones u omisiones tomadas en el ejercicio de su cargo, cubriendo los gastos de defensa jurídica y las indemnizaciones a que haya lugar. En su versión «extendida» o «corporativa» puede amparar también a la sociedad cuando esta responde por los actos de sus administradores.
¿Por qué este riesgo recae directamente sobre la persona?
- El artículo 200 de la Ley 222 de 1995 establece que los administradores responderán solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros.
- La misma ley presume la culpa del administrador cuando incumple o se extralimita en sus funciones, o cuando viola la ley o los estatutos de la sociedad —una carga probatoria invertida similar a la de otros regímenes sancionatorios colombianos—, así como en los casos de distribución de utilidades contraria a la ley.
- Las cláusulas que buscan exonerar o limitar de antemano la responsabilidad de un administrador son nulas: la ley no permite pactar de entrada que el administrador no responderá por sus actos.
¿Qué cubre?
En términos generales, ampara los gastos de defensa jurídica del director o administrador frente a demandas, procesos administrativos o societarios relacionados con su gestión, y las indemnizaciones que deba pagar por decisiones tomadas de buena fe en ejercicio de su cargo. Las coberturas, límites y exclusiones exactas —incluyendo qué tan «extendida» es la cobertura hacia la propia sociedad— dependen del tamaño de la empresa, su estructura societaria y la aseguradora; en la asesoría te mostramos las opciones según tu caso.
¿Quién la necesita?
Representantes legales, gerentes, miembros de junta directiva y liquidadores de sociedades comerciales de cualquier tamaño, empresas familiares en proceso de profesionalizar su gobierno corporativo, y empresas que buscan atraer directores independientes o inversionistas que exigen esta protección como condición para vincularse.
Aseguradoras con las que trabajamos
Como agente de seguros independiente, cotizamos y comparamos entre varias aseguradoras autorizadas en el ramo de D&O para encontrar la cobertura y el precio que mejor se ajustan a la estructura de tu empresa.
Niveles de cobertura de referencia
Estos son niveles de referencia, no tarifas fijas. El valor asegurado final depende del tamaño, la actividad y el historial de tu empresa; lo ajustamos en la cotización.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio este seguro?
No existe una ley que obligue a contratarlo. Lo que sí establece la Ley 222 de 1995 es la responsabilidad personal, solidaria e ilimitada del administrador por sus actos; el seguro traslada ese riesgo patrimonial a una aseguradora.
¿La empresa puede simplemente asumir la responsabilidad en lugar del administrador?
No de antemano. La Ley 222 de 1995 declara nulas las cláusulas que buscan exonerar o limitar anticipadamente la responsabilidad del administrador.
Soy administrador de una empresa pequeña o familiar, ¿igual necesito este seguro?
La responsabilidad de la Ley 222 de 1995 aplica sin importar el tamaño de la sociedad. Es especialmente relevante cuando la empresa está creciendo, profesionalizando su gobierno corporativo o vinculando socios o directores externos.
¿Cuánto cuesta?
Depende del tamaño de la empresa, su estructura societaria, el sector y el número de directores o administradores a amparar. Cotizamos tu caso concreto con varias aseguradoras, sin costo para ti.
¿Eres director, representante legal o miembro de junta directiva? Te cotizamos tu póliza D&O con las mejores aseguradoras, sin costo. Solicita tu cotización o escríbenos por WhatsApp.
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Contenido elaborado por Mauricio Ruiz Daza, asesor de seguros con cerca de 30 años en el sector financiero y asegurador (desde 1997), fundador de Ruiz Daza Seguros.