FIANZAS · SERIEDAD DE LA OFERTA
Póliza de Seriedad de la Oferta para Licitaciones en Colombia
La garantía exigida en procesos de licitación pública y selección abreviada. Emisión en el día. Para personas naturales, jurídicas, consorcios y uniones temporales. Ley 80 de 1993 y Decreto 1082 de 2015.
¿Qué es la Póliza de Seriedad de la Oferta?
La póliza de seriedad de la oferta (también llamada garantía de seriedad de la propuesta) es el primer instrumento de fianza que necesita un contratista al participar en un proceso de contratación pública en Colombia. Mediante esta póliza, el proponente (quien presenta la propuesta) garantiza ante la entidad contratante que, de resultar adjudicatario, firmará el contrato y constituirá las garantías adicionales exigidas.
Esta garantía opera antes de la adjudicación: se presenta junto con la propuesta técnica y económica, y su vigencia cubre desde la presentación hasta la firma del contrato y la constitución de las pólizas de cumplimiento. Si el adjudicatario se retira, no firma o no constituye las garantías exigidas en el plazo establecido, la entidad contratante puede hacer efectiva la póliza de seriedad y recaudar el monto asegurado.
La normativa aplicable es el Decreto 1082 de 2015 (artículos 2.2.1.2.3.1.1 y siguientes), que reglamentó la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 en materia de garantías. Colombia Compra Eficiente establece los lineamientos específicos para cada modalidad de selección.
Características de la Póliza de Seriedad de la Oferta
Cuantía
Mínimo el 10% del presupuesto oficial estimado del proceso de contratación. Las entidades contratantes pueden exigir un porcentaje mayor según la complejidad o riesgo del contrato. El presupuesto oficial se publica en el pliego de condiciones y en la ficha del proceso en SECOP.
Vigencia mínima
Mínimo tres (3) meses contados desde la fecha de cierre del proceso (fecha límite de presentación de propuestas). Si el proceso se extiende o hay prórrogas, la vigencia debe ampliarse. La entidad puede pedir una vigencia mayor en el pliego de condiciones.
Beneficiario
La entidad contratante (municipio, gobernación, ministerio, entidad descentralizada, empresa industrial o comercial del Estado). El nombre exacto del beneficiario debe aparecer en la póliza tal como figura en el RUT de la entidad.
Tomador
El proponente: persona natural, persona jurídica, consorcio o unión temporal que presenta la propuesta. En el caso de consorcios, puede emitirse a nombre de todos los integrantes o del consorcio como ente colectivo según las instrucciones del pliego.
Cuándo presentarla
Se presenta junto con la propuesta técnica y económica en el sobre o plataforma indicada por la entidad (físicamente o a través de SECOP II). Sin la póliza de seriedad, la propuesta es habilitada pero queda condicionada a su constitución, dependiendo del pliego.
¿Se devuelve la prima?
No. La prima de la póliza de seriedad no es reembolsable, independientemente de si resulta o no adjudicatario. Es el costo de participar en el proceso. Sin embargo, si la póliza no es requerida (proceso declarado desierto antes de la presentación), puede gestionarse la terminación anticipada.
¿Cuándo es obligatoria la Seriedad de la Oferta?
La póliza de seriedad de la oferta es obligatoria en las siguientes modalidades de selección del Estatuto de Contratación colombiano:
- Licitación pública: El proceso de selección de mayor cuantía. Obligatorio para obras, bienes y servicios por encima de los umbrales de licitación fijados por Colombia Compra Eficiente para cada entidad según su presupuesto anual.
- Selección abreviada: Proceso simplificado para contratos de menor cuantía (subasta inversa, bolsa de productos, acuerdo marco de precios). Requiere seriedad de la oferta salvo excepciones expresas del pliego.
- Concurso de méritos: Para contratos de consultoría (estudios, diseños, interventorías). La seriedad garantiza la seriedad de la propuesta técnica y económica del consultor.
- Mínima cuantía: No se exige garantía de seriedad de la oferta en procesos de mínima cuantía, ya que el régimen es simplificado.
- Contratación directa: No aplica. La contratación directa no tiene proceso competitivo previo, por lo que no se exige garantía de seriedad.
La entidad contratante especifica en el pliego de condiciones si exige póliza de seriedad o si acepta otros mecanismos de garantía (garantía bancaria, depósito en efectivo). En la práctica, la póliza de seguro es la modalidad más frecuente en Colombia por su costo y agilidad.
Documentos necesarios para emitir la Seriedad de la Oferta
La póliza de seriedad de la oferta es el instrumento de fianza más ágil de emitir. Los documentos básicos son:
Persona Natural
- Cédula de ciudadanía del proponente
- RUT actualizado
- Número del proceso en SECOP o nombre de la entidad contratante
- Presupuesto oficial del proceso
- Fecha de cierre del proceso
Persona Jurídica
- RUT de la empresa
- Cámara de comercio vigente (no mayor a 30 días)
- NIT de la empresa
- Número del proceso o pliego de condiciones
- Presupuesto oficial
- Fecha de cierre
Consorcio o Unión Temporal
- Documentos de todos los integrantes (cédulas, RUTs, cámaras de comercio)
- Acuerdo consorcial o de unión temporal suscrito
- Número del proceso y pliego de condiciones
- Instrucciones del pliego sobre el tomador de la póliza
Para contratos de montos muy elevados, la aseguradora puede solicitar estados financieros del último año. Consúltenos según el monto de su proceso.
Preguntas Frecuentes sobre Seriedad de la Oferta
¿Qué es la póliza de seriedad de la oferta?
Es una garantía del ramo de fianzas que el proponente debe constituir al presentar su propuesta en un proceso de licitación o selección abreviada. Garantiza que, si resulta adjudicatario, firmará el contrato y constituirá las garantías adicionales exigidas. Regulada por el Decreto 1082 de 2015.
¿Cuándo es obligatoria la póliza de seriedad de la oferta?
En licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos según la Ley 80 de 1993. No aplica en contratación directa ni en mínima cuantía. La entidad especifica en el pliego de condiciones si la exige y el porcentaje requerido.
¿Cuál es la cuantía de la póliza de seriedad de la oferta?
El Decreto 1082 de 2015 establece un mínimo del 10% del presupuesto oficial estimado, con vigencia mínima de tres meses desde la fecha de cierre del proceso. Las entidades pueden exigir porcentajes mayores según la complejidad del contrato.
¿Qué pasa si el adjudicatario no firma el contrato?
Si el adjudicatario no firma, no constituye las garantías o no cumple los requisitos de perfeccionamiento, la entidad puede hacer efectiva la póliza de seriedad. El monto ingresa al presupuesto de la entidad y el contratista puede quedar inhabilitado para contratar con el Estado.
¿Cuánto tiempo tarda en emitirse la póliza de seriedad de la oferta?
Con la información básica del proceso (número, entidad, presupuesto oficial y fecha de cierre), emitimos en el mismo día hábil. Contáctenos por WhatsApp con el número de proceso en Colombia Compra Eficiente y le cotizamos en menos de una hora.
¿La póliza de seriedad aplica para consorcios?
Sí. Puede emitirse a nombre del consorcio o de todos sus integrantes. El acuerdo consorcial debe estar constituido antes de la presentación de la propuesta y registrado ante la entidad. Consúltenos las instrucciones específicas de su pliego de condiciones.
¿Necesita la Póliza de Seriedad de la Oferta?
Envíenos el número de proceso o el pliego de condiciones y le cotizamos en menos de una hora. Emisión en el día.
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